Finalmente, se han reaprobado los contratos petroleros por el Congreso. Los medios de comunicación se han referido ampliamente al proceso de rectificación congresal de leyes previamente aprobadas por el Congreso, con motivo de la consideración y aprobación de contratos suscritos con las empresas petroleras y en estricto cumplimiento a lo que dispone la Constitución, que en cuanto a las atribuciones del Legislativo en su Art. 59 inciso 5), dispone que es su competencia autorizar y aprobar los contratos relativos a la explotación de las riquezas nacionales, procedimiento que nunca antes se cumplió. Esta es la gran observación que se hizo a la firma de los contratos petroleros que efectuaron todos los anteriores gobiernos, que no habían sido aprobados por el Legislativo.
Desde un punto de vista formal, se puede decir que es un gran acierto el que los contratos sean aprobados por el Legislativo, siempre y cuando este Poder determine absolutamente todas las reglas del juego con las que deben moverse las empresas petroleras en el país, aspectos a expresarse en contratos completamente precisos y transparentes, para que el Poder Ejecutivo simplemente las haga cumplir. Esto implicaría que el responsable de la buena o defectuosa suscripción de los contratos ya no sea el Ejecutivo sino el Legislativo
Es correcto pensar, que nadie debería estar de acuerdo con el tratamiento que antes se le dio a los contratos petroleros, no solamente por que se incumplió con la Constitución, sino por que fueron tratados de modo no transparente y abusivamente calificados de “confidenciales”. Pero tampoco se debe olvidar que nuestras leyes, en muchos aspectos, son contradictorias, o por lo menos con disposiciones alternativas, y esto comenzando con la misma Constitución. Así como existe el Art. 59 inciso 5, ya referido, también está el Art. 139 que dispone que el derecho a la “exploración, explotación, comercialización y transporte de hidrocarburos y sus derivados” implica la suscripción de contratos “conforme a ley”, es decir, de acuerdo a una ley especial. Y esto es lo que acontecía antes, la Ley de Hidrocarburos disponía que sea YPFB, en representación del Estado, la que suscriba los contratos y, por tanto, sea la única responsable del contenido del contrato y, por supuesto, de su estricto cumplimiento y ejecución. Lo que debía haber quedado claro es que estos contratos respondían a la política hidrocarburífera, aprobada por el Congreso asegurando el cumplimiento de todas las cargas tributarias al sector, porque también la Constitución dispone que sea atribución del Legislativo.
Se debería suponer que cumplir con el Art. 59 inciso 5 de la Constitución no es simplemente para verificar una formalidad, sino para avanzar en el desarrollo institucional del país que implica otorgar transparencia a los asuntos de Estado y asegurar que los poderes del Estado, y cualquier institución del mismo, cumplan con sus obligaciones.
Sin embargo, por todo lo acontecido con la aprobación de los contratos petroleros no se puede decir que esto ha sucedido plenamente. Desde el hecho de que la aprobación inicial en la Cámara de Diputados se debió a la aplicación rápida y burda del voto mayoritario oficialista, para su aprobación, sin la necesaria lectura y revisión de estos importantes contratos para la vida del país, que perdurarán por varias décadas, y siguiendo con la ratificación por el Senado en una sesión altamente discutible en términos legales, por la incorrecta presencia de senadores suplentes, que permitió a esta Cámara sesionar con el mínimo de quórum, hasta el hecho de que tuvieron que volver dichos contratos, meses después, nuevamente al Congreso para enmendar “errores” que se habían detectado, no sólo que se trata de un escándalo sino que dice mal de la vida institucional del país.
Por lo visto se concluye que “alguien” en YPFB se dio la atribución de rayar la cancha para la firma de estos contratos como si ésta fuese su competencia, al extremo de plantear posiciones “duras” para unas empresas y “blandas” para otras. En otros términos se dejó a la discrecionalidad de funcionarios de YPFB el contenido y el resultado de los contratos, incluso los montos que las empresas deben entregar al Estado, cuando esta en una atribución exclusiva del Legislativo.
Armando Méndez * fue presidente del BCB
Fuente: Servicio de Información Ciudadana. SIC, CEDIB - Bolivia
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