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D.S. 24395 (25.10.1996)

Modifícase las siguientes tasas específicas del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados; sin afectar los precios vigentes de venta al público:

Gasolina Especial de Bs. 0,92 a Bs. 1,20 por litro.

Diesel Oil de Bs. 0,40 a Bs. 0,10 por litro.