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* Decreto Supremo 801 Agropecuarios y municipios beneficiarios fideicomiso productos Brasil

Se modifica el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 29701, de 10 de septiembre de 2008, adicionando al final del Parágrafo II, el siguiente texto: “Asimismo, se constituirán en beneficiarios del fideicomiso las personas individuales dedicadas a la producción agropecuaria y los Gobiernos Autónomos Municipales; autorizando a estos últimos de forma excepcional, la compra directa de bienes del Fideicomiso relacionados a la maquinaria, equipos e implementos agrícolas y de riego de origen brasileño.”