Skip to content
Menu

Pueblos indígenas y medio ambiente – Informe EPU tercer ciclo Bolivia 2019

Bolivia ha logrado importantes avances en el reconocimiento constitucional de los derechos al medio ambiente saludable y el respecto de los derechos de los pueblos indígenas. Ha ratificado, mediante Ley N° 1257 (1991) , el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT, 1989) sobre consulta previa a pueblos indígenas, tribales y afrodescendientes en países independientes. Elevó a rango de Ley (N° 3760, 2007) la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Y, recientemente, la Asamblea Legislativa ratificó
mediante ley No 1182 (3 junio de 2019) el Acuerdo regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, denominado Acuerdo de Escazú.

Sin embargo, en la actualidad, en 28 millones de hectáreas del país, pueden realizarse operaciones de exploración y  explotación de hidrocarburos, esto representa alrededor del 25% del territorio. Once de las doce ecorregiones del país están comprometidas con actividades petroleras. Asimismo, existen derechos mineros sobrepuestos a 1.848 ríos y 39 cuerpos de agua, si se toma en cuenta las microcuencuas, estos derechos mineros, una vez puestos en operación, impactarán al 64,5% del altiplano y el 50,6% del amazonas.
La frontera hidrocarburífera compromete a 37,64% de los territorios indígenas titulados. En la región amazónica norte, 13 de 15 territorios titulados tienen sobrepuestas áreas hidrocarburíferas; en la región de Chapare-Moxos 5 de 6 territorios se encuentran en la misma situación y en la región del chaco todos los territorios indígenas; en total son 27 territorios indígenas. Debido a esto, los pueblos indígenas son, por lo general, quienes sufren los mayores impactos de la contaminación petrolera.

La magnitud de estas actividades y los diversos impactos que ocasionan en el disfrute de los derechos humanos, no condice con las recomendaciones que Bolivia ha recibido en los anteriores ciclos de evaluación. De las 315 recomendaciones de ambos ciclos, solamente 4 se refieren a medio ambiente, 3 respecto de agua y 3 a consulta previa a pueblos indígenas.

Desafortunadamente, estas pocas recomendaciones que Bolivia recibió, no han sido adecuadamente implementadas. Las normas que promueven actividades altamente contaminantes y que afectan directamente en los pueblos indígenas no están bien formuladas, no se aplican efectivamente y no toman en cuenta la preocupación de los pueblos indígenas respecto de las afectaciones que pueden sufrir por efectos de la contaminación. Es el caso de la Ley de Minería (N° 535 de 2014) o los Decretos Supremos que regulan la consulta previa en las actividades petroleras (No 2298 de 2014). Además, el Estado boliviano autorizó actividades petroleras al interior de áreas protegidas (Decreto Supremo No 2366 de 2015) que son simultaneamente el hábitat de pueblos indígenas, algunos de ellos en aislamiento voluntario. La legislación mencionada desvirtúa el principio de legalidad, vulnerando los derechos de los pueblos indígenas.

Leelo en inglés: Indigenous peoples and environment – Report: EPU Third Cycle Bolivia 2019