Minería ilegal en Bolivia | Vacíos normativos, zonas grises y riesgos institucionales. Tiempo Deliberar Jaime Cuéllar.
En Bolivia no existe una diferenciación normativa clara entre minería informal y formal. El marco jurídico vigente identifica solo a la explotación sin autorización como «minería ilegal», dejando fuera la complejidad de toda la cadena minera: cateo, exploración, explotación, transporte, comercialización, entre otras actividades.
Esta omisión genera una “zona gris” donde múltiples empresas operan sin una regulación específica. El resultado es un terreno fértil para la informalidad, la reinversión de ganancias ilícitas y la posible presencia de redes criminales transnacionales que encuentran en el país un espacio para establecerse y comercializar minerales tanto en circuitos informales como formales.
La adecuación pendiente y la Ley 535
La Ley 535 estableció la obligación de adecuación para actores productivos privados y estatales. Sin embargo, este proceso no ha sido plenamente resuelto por la autoridad minera, debido a desajustes entre los parámetros normativos y la realidad operativa del sector.
En la práctica, muchos actores mineros, principalmente cooperativas, no han logrado concluir la tramitación de sus contratos . En ese contexto, mecanismos transitorios como el CETCAM han generado cuestionamientos jurídicos, al permitir que cooperativas desarrollen actividades sin contar con un contrato minero plenamente regularizado, aunque operen formalmente ante las autoridades.
El rol de COMIBOL y los contratos de arrendamiento
Otro elemento clave es el papel de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL). El Estado mantiene áreas mineras estratégicas bajo su administración, muchas de ellas con alto potencial en oro y minerales complejos.
En lugar de tramitar un contrato administrativo ante la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), algunas cooperativas acceden a estas zonas mediante contratos de arrendamiento con COMIBOL, lo que evita procedimientos más exigentes, como la suscripción de contratos administrativos y procesos de consulta previa. En este esquema, la AJAM cumple principalmente un rol de veeduría.
Un marco insuficiente frente a la ilegalidad
Bolivia no cuenta con un cuerpo normativo integral que aborde la minería ilegal en toda su cadena productiva. El foco suele centrarse en la explotación sin autorización, pero quedan fuera aspectos clave como la comercialización, el transporte y la trazabilidad de los minerales.
Esta debilidad regulatoria facilita la infiltración de capitales de origen ilícito y la consolidación de circuitos económicos paralelos que pueden integrarse incluso a estructuras formales. En este contexto, cobra relevancia el cumplimiento de estándares regionales como la Comunidad Andina y su Decisión 774, orientada a fortalecer la lucha contra la minería ilegal.
Cooperativas: poder económico y riesgo institucional
El sector cooperativista se ha convertido en el actor predominante de la minería boliviana. Posee un alto incentivo económico, pero aporta una carga tributaria reducida en comparación con otros regímenes productivos. A ello se suma su capacidad de movilización social y su influencia en la definición de rutas estratégicas de comercialización de minerales.
Por estas razones, la problemática no puede entenderse únicamente como un debate productivo. Se trata también de un desafío institucional: cómo garantizar control estatal, transparencia y sostenibilidad en un sector con creciente poder económico y político, en un contexto de vacíos normativos y débil fiscalización.